El matrimonio de la comunidad LGTB está en debate en la plenaria del senado a lo cual espero que dicha propuesta se derogue es decir que no sea aprobada no es porque no los considere personas si no que esto daría paso a la adopción como asegura la bancada del partido conservador aunque la corte suprema de justicia a emitido sentencias frente a este caso incluso dejando inexequible en el artículo 113 del código civil donde consideraban que la familia estaba constituida por un hombre y una mujer por medio de la sentencia t-502 del 21 de agosto de 1992 c.s.j civil sentencia octubre 25 de 1994 por tal razón la familia actualmente puede estar formada por dos personas del mismo sexo y deja a responsabilidad al estado que la obligación de garantizar la privacidad de los sujetos de derecho ya sea en unión libre o por medio del matrimonio a todas las personas integrantes y extranjero que tienen como domicilio el territorio dentro del estado. Pero el estado al reglamentar el matrimonio de dichas comunidades corre el riesgo de que estas personas puedan adoptar ya que uno de los requisitos principales para adoptar es que los pretendientes tienen que constituir familia.
¿Pero cuál es el peligro de que la comunidad LGTB pueda adoptar?
Nuestra constitución en el artículo 44 afirma que los derechos fundamentales de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás por tal razón si las comunidades LGTB puedan adoptar no se estaría predeterminando al niño a salir con conductas homosexuales a lo cual el proceso de formación del niño en su parte sicológico no sería transparente por tal razón violaría los derechos fundamentales de los niños a elegir libremente su sexo por este raciocinio apoyo el partido conservador y a su bancada cuando se oponen a este proyecto de ley
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